En 2020, los productos eléctricos y radioeléctricos de la EACU deben cumplir con RoHS (Restricción de Sustancias Peligrosas)
A partir del 1 de marzo de 2020, los productos electrónicos eléctricos y radioeléctricos de la Unión Económica Euroasiática deben cumplir los requisitos del TR CU 037/2016 "Sobre la restricción del uso de sustancias peligrosas en productos electrotécnicos y radioeléctricos".
Este reglamento técnico limita el contenido de seis tipos de sustancias: plomo, cadmio, mercurio, cromo hexavalente, bifenilos polibromados y éteres de difenilo polibromados en productos electrónicos eléctricos y radioeléctricos.
Se aplica a electrodomésticos y dispositivos, equipos informáticos, telecomunicaciones, equipos de iluminación y de oficina, herramientas eléctricas (incluidos instrumentos musicales), equipos para ocio y deportes, vendedores y máquinas de juego, equipos de gestión de efectivo, dispositivos de corte de protección (DMC), sistemas de alarma contra incendios, etc., es decir, productos fabricados e importados en grandes cantidades y, como resultado, comprenden el principal nivel de consumo de sustancias peligrosas en la industria eléctrica.
TR CU 037/2016 "Sobre la restricción del uso de sustancias peligrosas en productos electrotécnicos y radioeléctricos" se ha desarrollado para proteger la vida y la salud humanas y el medio ambiente, así como para prevenir acciones que induzcan a error a los consumidores de electricidad y productos electrónicos relativos al contenido de sustancias peligrosas en ellos. Para mejorar la competitividad y ampliar la capacidad de exportación de los productores nacionales, el TR 037/2016 de la UEE está armonizado con los requisitos de la legislación técnica de la Unión Europea, en particular con la Directiva 2011/65/UE (RoHS 2), sin embargo, algunas características , principalmente relacionadas con el ámbito de aplicación, se mantienen en la Directiva 2002/95/UE derogada (RoHS 1).
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