La CEE aprueba medidas temporales para la certificación de la CEA de productos producidos en serie durante el COVID-19
El 18 de diciembre de 2020, se publicó oficialmente la Orden del Consejo de la Comisión Económica Euroasiática (CEE) No 186, de 15 de diciembre de 2020, que entró en vigor. Esta Orden aprueba proyectos de modificación de los sistemas estándar de evaluación de la conformidad.
Debido a una situación epidemiológica actual relacionada con la pandemia COVID-19, se propuso introducir medidas temporales para los certificados expedidos para la producción en serie.
Una de las medidas temporales para la certificación de productos producidos en serie es la posibilidad de utilizar inspecciones realizadas previamente (informe del sitio de producción, control de inspección) a los productos certificados. Deben cumplirse las siguientes condiciones:
- No se reveló antes ninguna violación de los requisitos obligatorios de seguridad;
- La nueva certificación de los productos es llevada a cabo por el mismo organismo de certificación que antes;
- La nueva certificación se lleva a cabo antes de la expiración de 2 años a partir de la fecha del anterior sitio de producción (auditoría) informe / control de inspección;
- Los nuevos productos no difieren del producto certificado anterior en términos de seguridad.
Si no es posible llevar a cabo una auditoría real del lugar de producción en el lugar de fabricación de los productos, se lleva a cabo una auditoría remota mediante comunicación de vídeo y audio, así como una evaluación documental del sistema de gestión de la calidad del fabricante. Al mismo tiempo, se indica una geolocalización del lugar de actividad de fabricación para identificarla, incluso por su cumplimiento de la información especificada en los documentos del fabricante.
El control anual de la inspección durante la pandemia COVID-19 se llevará a cabo mediante la prueba de muestras de productos. Este procedimiento puede posponerse hasta 6 meses si el fabricante proporciona al organismo de certificación una carta sobre la invariabilidad del proceso tecnológico de producción de productos certificados y su documentación técnica.
Si no es posible evaluar completamente la seguridad de los productos producidos en serie, se aplican esquemas de certificación para un lote / artículo único, y los certificados correspondientes se emiten específicamente para el lote / artículo único.
Estas medidas temporales entrarán en vigor durante 12 meses a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión del Consejo CEE. Los organismos de control del Estado deberán formar y presentar a la CEE un informe trimestral sobre los certificados expedidos durante estas medidas provisionales.