Enmiendas a la CEA TR CU 009/2011 "Sobre la seguridad de la perfumería y los productos cosméticos"
Se han aclarado los requisitos para la composición de perfumes y cosméticos para los países de la CEA. Así, se han actualizado las listas de sustancias prohibidas o permitidas para su uso, así como listas de colorantes, conservantes y filtros UV permitidos, teniendo en cuenta las restricciones establecidas. Los requisitos están alineados con el Reglamento (CE) no 1223/2009 de la UE sobre cosméticos.
También se han identificado grupos separados de productos cosméticos para los que no se determinan indicadores microbiológicos. Estos son barnices de uñas, tintes oxidativos para el cabello, productos de depilación y otros productos.
Se introducen criterios generales para la validez de las declaraciones relativas a las propiedades de consumo de perfumes y cosméticos. Ahora, por ejemplo, no se permiten declaraciones que declaren la ausencia de sustancias prohibidas para su uso en cosméticos. Las declaraciones sobre las propiedades de un ingrediente no deben extenderse injustificadamente a las propiedades del producto. Además, no deben incluir información sobre la aprobación de las autoridades ejecutivas, etc.
Se han aclarado varias normas sobre evaluación de la conformidad, incluidos los nuevos regímenes tipo adoptados por el Consejo de la Comisión Económica Euroasiática en abril de 2018.
A saber, se ha determinado la lista de documentos que el solicitante debe presentar para el registro de la declaración y el período de almacenamiento de estos documentos en un organismo acreditado o autorizado. Hay casos en los que se permite aceptar una declaración de conformidad sin pruebas adicionales, por ejemplo, al cambiar los datos de contacto del solicitante o del código del SA (número de arancel aduanero).
En julio de 2019, la Junta de la CEE estableció disposiciones transitorias sobre la entrada en vigor de las modificaciones del reglamento técnico de la Unión "Sobre la seguridad de los perfumes y cosméticos" TR CU 009/2011, que prevén una transición gradual a nuevos requisitos. Por lo tanto, los documentos de confirmación de conformidad, adoptados antes del 5 de mayo de 2020, son válidos hasta la expiración de su validez. Los documentos sobre el registro estatal emitidos también antes del 5 de mayo de 2020 son válidos hasta el 5 de mayo de 2023.
Al mismo tiempo, la producción y puesta en circulación en el mercado de productos de la UEUE (CEA) en presencia de dichos documentos sobre la evaluación de la conformidad se permiten hasta su expiración.
[Source]: http://www.eurasiancommission.org/en/nae/news/Pages/06-05-2020-2.aspx
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